Los dueños y administradores de propiedad en Phoenix pueden hacer que retiren un vehículo de su propiedad privada, pero el camino lo fijan la ley estatal y el código municipal. El dueño no hace la grúa él mismo. La hace un operador con licencia.
Paso 1: Publique un letrero que cumpla (ARS 9-499.05)
- El letrero debe ser “claramente visible y legible desde cualquier punto del estacionamiento” y en cada entrada.
- Debe decir las restricciones de estacionamiento, la disposición, el costo máximo, y un teléfono y dirección para localizar el vehículo.
- Arizona no fija un tamaño estatal del letrero. La ciudad puede fijar uno por ordenanza.
Paso 2: Llame a un operador con licencia
- El operador debe tener licencia estatal vigente y licencia de negocio de la ciudad.
- Confirme que el operador va a seguir ARS 28-4836: aviso a la policía en una hora y entrada en ACIC en tres días hábiles.
- El operador cobra bajo los topes del Código Municipal 36-6 de Phoenix ($105 de grúa, $12 al día, $20 en sitio, $40 durante el traslado).
Paso 3: El operador avisa a la policía (ARS 28-4836)
- El operador llama a la policía dentro de una hora después de la grúa.
- La agencia mete la grúa en ACIC dentro de tres días hábiles.
- El incumplimiento pierde todas las tarifas y es un delito menor clase 1.
Lo que usted no puede hacer
- Encerrar el carro. No lo encadene, no lo encierre, no lo dañe. Eso es un trespass por autocontrol, no una grúa.
- Amenazar al conductor. Eso lo maneja la policía.
- Retener pertenencias personales como presión para cobrar algo.
Para la ruta de liberación del corralón policial (que es distinta), vea nuestra guía de corralón en Phoenix.
Preguntas frecuentes
¿Puedo simplemente encerrar el carro en mi estacionamiento hasta que aparezca el dueño?
No. Encerrar el carro o encadenarlo a un objeto fijo no es una grúa legal. Use el proceso de letrero de ARS 9-499.05 y un operador con licencia.
¿Qué tiene que decir el letrero?
Las restricciones de estacionamiento, qué pasa con los vehículos en violación, el costo máximo para el dueño, y un teléfono y dirección donde el dueño pueda localizar el vehículo. ARS 9-499.05 B.
¿El operador llama a la policía?
Sí, dentro de una hora bajo ARS 28-4836 A. Luego la agencia mete la grúa en ACIC dentro de tres días hábiles.
¿Puedo cobrarle al dueño por el almacenaje?
Sí, bajo el Código Municipal 36-6 de Phoenix, con un tope de $12 al día. El operador no puede cobrar por encima del tope.
¿Qué pasa si el dueño dice que va a mover el carro?
Documente la conversación. Si se van, el letrero sigue apoyando una futura grúa. ARS 9-499.05 no exige una advertencia cada vez.